sábado, 2 de julio de 2011

Nueva pauta sí es viable para radiodifusoras:IFE en el blog Moreira

Alfredo Figueroa, consejero del Instituto Federal Electoral (IFE), explicó que el reglamento vigente aprobado después de la reforma del 2007, implicó que el IFE tuviera cinco días para el proceso de entrega de los materiales a los concesionarios y permisionarios de la radio y televisión. 

Asimismo que tuvieran cinco días adicionales hábiles para su transmisión, lo que los lleva a procesos de cerca de 12, 13, 14 días ó más en el curso en el que un partido puede cambiar su material en la radio y la televisión. 

En entrevista con Paola Rojas en Fórmula, dijo que en el Instituto consideran que estos plazos no eran funcionales para la competencia política venidera y en ese marco se establecieron modificaciones. 

"El IFE dará un plazo menor a las 12 horas para poder entregar por la vía electrónica cuando así lo disponga el medio para la entrega, podrá ser de hasta 24 horas pero en el IFE se está con modelos de tiempo más corto. La industria de la radio y la televisión tendrá tres o dos días previos a la transmisión dependiendo el modo en el que opte por recibir éstos materiales", indicó el funcionario. 

Subrayó que desde hace más de un año han llevado a cabo evaluaciones con diversos técnicos, concesionarios y permisionarios sobre la viabilidad de acortar los plazos, "tenemos conciencia y certeza que esto es posible". 

Figueroa apuntó que la reducción de tiempo es operativa y técnicamente viable para las radiodifusoras.

Respecto al derecho de réplica, apuntó que también fue modificado en la reforma constitucional del 2007, en donde se indica que se va a crear una ley para su regulación, "aunque ésta ley no fue creada, hay un incumplimiento legislativo desde el 30 de abril del 2008". 

El consejero dijo que cuando el IFE recibió la primera denuncia por éste motivo, la mayoría de los consejeros opinaron que al no haber ley no se podía tutelar el derecho, por lo que fue impugnado ante la Sala Superior del Tribunal, el cual resolvió que el IFE debe más allá de la existencia de la ley o no, el retutelar el derecho por la vía del procedimiento especial sancionador.

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